Educación Secundaria Obligatoria
Ley Nacional de Educación N° 26.206 CAPITULO IV EDUCACION SECUNDARIA ARTICULO 29. — La Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria. |
Funciona en los turnos
Mañana
07.45 hs a 12.15 hs
Con extensión horaria en algunos cursos y/o años hasta las 12.55hs: 7ª hora
Tarde
13,15hs a 17,45hs
Con extensión horaria en algunos cursos y/o años hasta las 18.25hs: 7ª hora)